Endurecen sanciones por agredir a médicos y docentes

Endurecen sanciones por agredir a médicos y docentes

ADN Ciudad

03 Agosto 2017

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Una ley sancionada por la Legislatura porteña duplica las multas por maltrato e intimidación cuando está dirigida a trabajadores de la salud y la educación. Además los legisladores regularon el servicio de peluquería para animales domésticos.


La Legislatura porteña sancionó este jueves una ley que modifica el artículo 53 del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para establecer como un agravante la agresión a trabajadores de la salud y la educación.

El Código Contravencional de la Ciudad, en los artículos 51 y 52, impone las sanciones para quien pelea o toma parte en una agresión en lugar público, con 1 a 5 días de trabajo comunitario, una multa de 200 a 1.000 pesos o 1 a 5 días de arresto. El mismo castigo corresponde, siempre que el hecho no constituya delito, al hostigar, maltratar o intimidar.

Con la aprobación de esta ley, que tuvo dictamen de las Comisiones parlamentarias de Justicia y de Asuntos Constitucionales, se modifica el artículo 53 del Código Contravencional y se duplican las sanciones “cuando la víctima es trabajador de la educación, sea docente o no, o trabajador de la salud, sea profesional o no, y el hecho tiene lugar dentro del establecimiento donde se desempeña, o fuera de él siempre que la conducta esté motivada en razón de su tarea, función o cargo”. Los diputados Clodomiro Risau (PRO), Patricia Vischi (Suma+) y Hernán Arce (PS) ponderaron el proyecto presentado el año pasado por la diputada Cecilia de la Torre.

Explican los fundamentos de la iniciativa que fue motivada “por el notable incremento de agresiones y hechos de violencia protagonizados por padres o personas relacionadas con los alumnos, en perjuicio de trabajadores docentes y no docentes, por cuestiones derivadas de la función docente o de la convivencia en el ámbito escolar, afectando seriamente la seguridad personal de los trabajadores y perturbando la misión educativa y formativa que debe cumplirse en ese ámbito”.

Similar situación se viene reproduciendo en el área de salud, donde los profesionales, auxiliares y personal que cumple allí toda clase de tareas, sufren agresiones por parte de pacientes o personas que los acompañan. “Ésto genera un clima de temor e intranquilidad que perturba el normal desenvolvimiento de los centros de salud”, agregan los considerandos.

Por otra parte a través de una modificación del Código de Edificación, fue habilitado el servicio de baño y corte de pelo de mascotas en zonas densamente pobladas de la ciudad.

Esta ley que aprobó la Legislatura busca habilitar el rubro “Peluquería y otros servicios para animales domésticos” en los consultorios veterinarios, con las mismas condiciones de emplazamiento y con los requisitos de habilitación y funcionamiento que determina el Código de Habilitaciones de la ciudad de Buenos Aires.

El Código de Edificación no habilitaba el servicio de baño y corte de pelo de mascotas en zonas de la ciudad de Buenos Aires consideradas como densamente pobladas. Barrios como Núñez, Belgrano, Villa Urquiza, Caballito o Flores, entre otros, estaban imposibilitados por la zonificación impuesta en el Código de Planeamiento Urbano de brindar estos servicios en establecimientos emplazados fuera de grandes avenidas.

El proyecto de los diputados Victoria Roldán Méndez, Agustín Forchieri, Natalia Persini y Eduardo Petrini (PRO) tuvo su respaldo en audiencia pública y recibió sanción definitiva. De esta manera habilita los cuidados de los animales domésticos modificando el Cuadro de Usos del Código de Planeamiento Urbano.

“Desde el punto de vista de la salud de nuestras mascotas, el baño y el corte de pelo terapéutico son prácticas inherentes al trabajo de un médico veterinario. Estas prácticas forman parte del cuidado responsable de los animales domésticos y contribuyen al control de enfermedades como la dermatitis, eccemas, otitis, pulgas y garrapatas entre otras tantas, que no solamente afectan a nuestras mascotas sino que también pueden transmitir enfermedades a los demás miembros de la familia”, destacan los fundamentos del proyecto.

 

 

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