No va más
06 Julio 2018
La Justicia porteña condenó a un hombre que captaba apuestas de juegos de azar a través de un sitio web -sin tener la autorización pertinente- a prisión condicional y abstenerse de operar la página, y ordenó además la creación de un fondo de reserva de 200 mil pesos para reparar económicamente a los afectados que se presenten.
El juez Rodolfo Ariza Clerici, titular del juzgado N° 1 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, condenó a un hombre que utilizó la página web Mil Jugadas para captar apuestas de juegos de azar, sin contar con autorización pertinente, a tres años de prisión -de ejecución condicional- y a abstenerse de operar dicho sitio web. Además, ordenó constituir un fondo de reserva de 200 mil pesos tendiente a reparar los perjuicios de quienes se presenten como afectados por los hechos del proceso.
“Las conductas objeto del proceso indudablemente ocasionaron pérdidas económicas a los apostadores, que han quedado al descubierto del respaldo necesario para garantizar el reintegro de las sumas de dinero que habían entregado para llevar a cabo las apuestas”, señaló el magistrado.
Según la sentencia, el acusado “utilizó los medios tecnológicos adecuados para captar apuestas provenientes de juegos de azar mediante la plataforma que brinda la página web Mil Jugadas, mediante los enlaces www.miljugadas1.com, www.miljugadas2.com y www.miljugadas55.com, con el fin de organizar, explotar y administrar comercialmente dicha actividad a través de las firmas MilJugadas S.R.L y E-elygra Solutions S.R.L, desde el 9 de marzo de 2017 hasta el 28 de diciembre de 2017, sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad competente”. De esa manera, la maniobra desarrollada prometía “premios en dinero” a los usuarios que realizaran apuestas.
El delito incurrido se encuentra tipificado en el artículo 301 bis del Código Penal, el cual establece que: “Será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.
Por otra parte, el magistrado también dispuso que “el condenado deberá fijar residencia y comunicar cualquier cambio a la fiscalía o juzgado, cumplir con las citaciones o requerimientos de la fiscalía o juzgado, dar aviso de salida del territorio nacional y abstenerse de dar operativa a la página de juegos online Mil Jugadas (en cualquiera de sus denominaciones), de manera que no permita a dicha plataforma la visualización y/o captación de apuestas de los usuarios conectados a dispositivos instalados en la Ciudad de Buenos Aires, en la medida que no se otorgue la licencia respectiva por las autoridades locales que regulan la actividad, advirtiendo que si motivos técnicos ajenos al accionar del imputado se detectase la visualización de la página en la Ciudad de Buenos Aires, contará con un plazo de 48 horas para regularizar la limitación”.