Ordenan entrega de medicamentos oncológicos
30 Mayo 2019
La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires garantizar de manera efectiva e inmediata el tratamiento oncológico a una amparista en situación de vulnerabilidad.
La titular del juzgado n.º 4 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Elena Liberatori, hizo lugar a la medida solicitada por una paciente oncológica y ordenó al GCBA que, en lo sucesivo y de manera inmediata, proceda a garantizarle de manera efectiva la prestación reclamada (tratamiento oncológico) de conformidad con la cantidad y frecuencia indicadas por el médico tratante. Además, precisó que, en su defecto, se entregue a la demandante el dinero equivalente para que pueda procurarse el tratamiento en forma particular. Todo ello ocurrió en el marco de la causa “A., R.R contra GCBA sobre Amparo-Salud-Medicamentos y Tratamientos».
Asimismo, indicó que “en atención a las gravísimas consecuencias que acarrearía la demora en el cumplimiento de la presente medida, si en el término de dos días de notificada la presente, no se da cumplimiento de manera adecuada con esta decisión, se procederá a aplicar una multa progresiva de mil pesos por día de retardo en el salario de la Sra. Ana María Bou Perez, Ministra de Salud de esta Ciudad”.
En la medida cautelar, la Magistrada advirtió que “el hecho de que la actora sea una mujer sola, de bajos ingresos económicos, a cargo de un hijo discapacitado, que expresa que se encuentra comprendida dentro de un colectivo social vulnerado, sumado a la carencia de una obra social o servicio de salud prepago, genera una desigualdad en detrimento de las personas que, como la aquí actora, depende del sistema de salud pública, cuya burocracia pone su vida en riesgo cada día de demora en la entrega de la prescripción médica”.
A su vez, señaló que “la medida aquí solicitada aparece como la única posibilidad de evitar el daño actual debido a su situación económica y familiar que le impediría acceder al tratamiento prescripto; máxime cuando, tampoco se advierte, que la concesión de la cautelar implique la afectación de un interés público al que deba darse prevalencia”.
Por otra parte según señala el fallo difundido por ijudicial, puso de relieve que “corresponde la concesión de la tutela anticipada ante situaciones donde se encuentra en serio riesgo la salud de las personas, habida cuenta que la salud es un valor imprescindible para el desarrollo humano”. “Esta circunstancia, permite verificar el peligro en la demora existente, dado que, si la presente medida no es concedida de manera oportuna, las consecuencias para la salud de la actora podrían ser irreparables”, concluyó Liberatori.
Según se desprende de la resolución, a causa de un error burocrático, la amparista no se encuentra afiliada a FACOEP SE, por lo que no tiene acceso a los medicamentos oncológicos que precisa, y cuyo trámite de afiliación demora entre 3 y 6 meses.