Prevención en paradores
07 Julio 2020
La Justicia porteña le ordenó al Gobierno de la Ciudad que implemente los recursos necesarios para la prevención de coronavirus y gripe en paradores y en las personas que se encuentran en situación de calle.
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Guillermo Scheibler ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que adopte medidas urgentes para asistir a sectores en riesgo sanitario, entre ellas acciones para prevenir el coronavirus y la aplicación de la vacuna antigripal a personas residentes y empleados de hogares y paradores y a gente en situación de calle.
El Juez advirtió que en caso de incumplimiento se aplicará una multa de 10 mil pesos diarios "en la persona del Jefe de Gabinete de Ministros" de la Ciudad, en este caso Felipe Miguel.
El Magistrado dispuso que el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta "arbitre las medidas necesarias para notificar a cada dispositivo que integra la red de alojamiento del GCBA, en el plazo de cinco días, el Protocolo de actuación para prevención y manejo de casos sospechosos con el fin de prevenir la propagación del virus COVID-19 (Coronavirus) en los Hogares, lugares y/o dispositivos de resguardo/aislamiento para personas mayores".
También que se asegure "su observancia por parte de cada uno de todos los paradores y hogares, a quienes deberá dotar de los profesionales de la salud que fueran necesarios", informó el sitio informativo de la justicia porteña iJudicial.
Asimismo, el juez Scheibler indicó a la administración porteña que acompañe, en el mismo plazo, "toda la documentación relativa a los testeos de COVID-19 que se hubiesen realizado a las personas alojadas en los paradores, indicando fecha del testeo y resultado obtenido".
Otra de las medidas ordenadas es "la vacunación contra la gripe a la totalidad de los residentes y trabajadores de los hogares y paradores con que cuenta la Ciudad" y que también se aplique la misma vacuna a "las personas que se encuentran en efectiva situación de calle".
Al respecto, el juez dispuso que el GCBA "arbitre las medidas necesarias para asegurar la vacunación contra la gripe a las personas que se encuentran en efectiva situación de calle, debiendo acompañar a la causa la planificación de tal medida y de su implementación, dentro del plazo de diez días".
Otro punto relacionado es que se "informe y acompañe a la causa, en el plazo de cinco días, documentación que dé cuenta de la cantidad de camas disponibles en cada dispositivo, así como los ingresos y egresos producidos desde el 20 de marzo de 2020 a la fecha".
Asimismo, resolvió que se "proceda al traslado urgente a instituciones hospitalarias de las personas con diagnóstico de COVID-19 positivo alojadas en el hogar San Francisco de Asís que presenten síntomas moderados o severos, que son mayores de 65 años de edad o que presentan comorbilidades que pueden agravar su cuadro clínico".
"En todos los casos, lo dispuesto es bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de 10 mil pesos por cada día de demora, que se hará efectiva en la persona del Jefe de Gabinete de Ministros", advirtió el Juez.