Juicio por jurado al recinto
29 Septiembre 2021
Tal como lo había adelantado Adnciudad.com, este jueves se tratará en la sesión de la Legislatura de la Ciudad, el proyecto que establece los juicios por jurado, en el ámbito porteño. El jurado estará compuesto por 12 miembros, que deberán ser cinco varones y cinco mujeres, mientras que no se especifica el género de los dos restantes.
Este jueves la Legislatura porteña votará el proyecto de ley para implementar en la Ciudad de Buenos Aires los juicios por jurado, tal como lo había adelantado adnciudad.com (ver nota).
La iniciativa cuenta con el acuerdo de los tres principales bloques políticos que fueron representados por Leandro Halperín (UCR Evolución), María Rosa Muiños (Frente de Todos) y Claudio Cingolani (CC ARI/VJ) y cuenta además con el acuerdo del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires.
La nueva ley establecerá la obligatoriedad de juzgar con jurados integrados por ciudadanos comunes los delitos que tengan una "pena máxima en abstracto igual o superior a 20 años de pena privativa de libertad", como aquellos que atentan contra la vida o la integridad sexual.
El proyecto prevé que los jurados populares estarán compuestos por 12 miembros, entre los cuales deberá haber, como mínimo, cinco varones y cinco mujeres, mientras que no se especifica el género de los dos restantes.
El padrón de jurados será elaborado por el Consejo de la Magistratura e incluirá a todas las personas que puedan ser elegidas, por sorteo, para integrar un tribunal, quienes a su vez deberán estar registradas en el padrón electoral de la Ciudad.
Los requisitos para integrar un jurado serán: ser argentino, tener entre 18 y 75 años, saber leer y escribir, gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos y tener domicilio no inferior a cuatro años en la Capital Federal.
Por incompatibilidad, quedarán excluidos el presidente y vicepresidente de la Nación, los gobernadores provinciales y el jefe de Gobierno porteño, los ministros nacionales, provinciales y de la Ciudad, los integrantes de los poderes legislativos, los jueces y funcionarios de los poderes judiciales y quienes ocupen cargos directivos en un partido político reconocido.
El jurado podrá dar los siguientes veredictos: "culpable", "no culpable" y "no culpable por razones de inimputabilidad", a los cuales deberá llegar por unanimidad y, en caso de no haber acuerdo, comenzará un nuevo juicio con otros miembros en el jurado.