Participación Público-Privada y cambios en las licencias
01 Diciembre 2017
Este jueves la Legislatura porteña también aprobó la adhesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a un régimen que fomenta la inversión de empresas en obras de infraestructura. Además los legisladores. Introdujeron cambios en la licencia de conducir.
Una ley sancionada por la Legislatura porteña define que los contratos de participación público - privada son aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en carácter de contratante, y sujetos privados o públicos en carácter de contratistas, con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.
“La normativa nacional presenta características novedosas y adecuadas para el pleno desarrollo de los proyectos de participación público-privada, tales como un avanzado sistema de garantías, de medidas anticorrupción, de control, de resolución de controversias, entre otros, lo cual resulta en un marco de mayor seguridad jurídica”, explican los fundamentos del proyecto.
De esta manera se derogó la Ley 4791 que tenía por objeto establecer el marco regulatorio para el desarrollo y la ejecución de proyectos de obras de infraestructura y servicios para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la asociación público privada.
El régimen de la Ley de Participación Público y Privada posee características especiales que lo diferencia de otros contratos públicos y permiten solucionar las necesidades del sector público de manera más eficiente, tanto a nivel operativo como a nivel financiero.
La norma impulsada por el jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, genera mecanismos que permiten, en caso de transferencia de riesgos significativo desde el sector público al sector privado en el marco de estos proyectos de participación público-privado, que las erogaciones o compromisos asumidos por el Estado no tengan repercusiones en los niveles de déficit y deuda pública actuales.
Durante el debate en el recinto fue miembro informante del proyecto el presidente de la Comisión de Presupuesto, Alejandro García (PRO). Desde la oposición Marcelo Ramal (FIT) señaló: “El Estado contrae una deuda, lo que técnicamente se llama pasivo contingente, no claramente contabilizado, es un mecanismo de generación de deuda no explícito y habilita la participación privada incluso a través de sociedades anónimas y fideicomisos”.
Por su parte Gustavo Vera (BC) apuntó que “debería estar prohibida la transferencia de contrato a empresas que no fueron seleccionadas en concurso o licitación pública” y advirtió que “no hay no hay participación ciudadana e incluso se elimina Compre Nacional”.
En el mismo sentido se manifestó José Cruz Campagnoli (FpV): “Tratan que se haga obra financiada con emisión de bonos de la deuda que no queden incorporados dentro del déficit primario, por lo tanto los mercados financieros seguirán dando deuda. Se abre un abanico de aplicación que va desde las grandes obras públicas hasta para el mantenimiento y limpieza de un edificio”.
“Hay delegación, no hay plazo de vigencia si bien a nivel nacional es de 25 años y la redacción de esta ley es más ambigua que la nacional”, dijo Gabriel Fuks (CNM).
En defensa de la adhesión a la ley nacional expuso la diputada Paula Oliveto (CC), quien afirmó que “es un avance para atraer inversiones y da transparencia a las relaciones entre lo público y lo privado al punto que los otros sistemas jurídicos siguen vigentes en cuento a obligaciones y derechos”.
Finalmente el texto contenido en el despacho que emitió la Comisión de Presupuesto resultó aprobado con 38 votos positivos (PRO, Suma+, CC, CP, FR), 14 negativos (FpV, PS, BC, FIT, AyL, CNM) y 4 abstenciones (BP y PSA).
Cambios en la licencia de conducir
Fue derogado un inciso de la Ley 2148 -Código de Tránsito- que impedía a mayores de 65 años obtener el registro profesional por primera vez. Además se introdujeron modificaciones para unificar la licencia en formato nacional.
A través de una modificación al Código de Tránsito que introdujo hoy la Legislatura se estableció que podrán obtener la licencia de conducir, aunque sea por primera vez, las personas mayores de 65 años.
“Estas personas, que se encuentran en edad de jubilación, podrían necesitar la licencia de conducir profesional para poder trabajar con ella y la imposibilidad de otorgarla por primera vez a los mayores de sesenta y cinco años, resulta injustificada, ya que la habilitación para conducir -en este y en todos los casos- se debe determinar por el cumplimiento o incumplimiento de los parámetros de aptitud (psicofísica, teórica y práctica), mediante las evaluaciones correspondientes”, justifica el proyecto.
Previo a la sanción de esta ley era obligación del titular del documento denunciar la modificación de datos cuando éstos se encontraran consignados en la licencia, imponiendo sanción de caducidad. “Es inoportuno, en este sentido, mantener una obligación de denuncia de datos para un hecho que, en hipótesis de máxima, será de interés del titular de la licencia de conducir, de modo que los datos de dicho documento se correspondan con los propios y sobre todo con los que permitan identificarlo”, explican los fundamentos del proyecto que impulsó la diputada Cristina García (PRO).