La lista de Carrió perdió una candidata
19 Octubre 2017
Se trata de Joanna Picetti, octava en la lista de candidatos a diputados nacionales de Vamos Juntos. La impugnó la propia Elisa Carrió, quien encabeza la boleta, y la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría bajó a Picetti de la nómina.
La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría decidió aceptar la exclusión de la lista de Vamos Juntos de Joanna Picetti, octava candidata para diputados nacionales. Picetti había sido impugnada por los apoderados de la alianza en la Ciudad, a pedido de Elisa Carrio, quien encabeza la nómina.
El pedido de exclusión por “inhabilidad moral” había sido precedido por recurrentes pedidos para que Picetti renunciara. Es más hasta se había decidido quién la reemplazaría en la lista. Sin embargo la funcionaria decidió no dar un paso al costado.
Carrió había escuchado el testimonio del ex marido de Picetti, David Bibulich, quien la había denunciado en dos fueros distintos por conductas inapropiadas con sus tres hijos. En una causa, en el Juzgado de Instrucción Nº 12 de la Capital Federal, fue sobreseída; y en la otra, en Provincia, fue archivada por falta de pruebas.
Sin embargo Lilita consideró suficiente el relato del hombre, quien repitió lo que había dicho en 2014 en una entrevista con Crónica TV donde acusó a Picetti -y a los abuelos maternos- por maltrato y abuso de los chicos, todos menores.
En el fallo, al que accedió adnciudad.com, Servini de Cubría sostiene: “No se trata de una impugnación planteada por un tercero, la que en esta instancia no podría prosperar, sino de una decisión autónoma de la propia alianza en su conjunto, que sostiene que nunca hubieran oficializado su candidatura de haber tomado conocimiento de la situación de la candidata en cuestión, con anterioridad a su postulación”.
Y agrega: “Ante una situación imprevisible y excepcional que podría ocasionar perjuicios irreparables a la alianza electoral que postula esa lista, resulta atendible lo decidido en el seno de la
agrupación. Ello así por cuanto así como una alianza electoral decide voluntariamente y en el marco de acuerdos políticos oficializar una lista de candidatos, tiene facultades también -en casos debidamente fundados y de excepcionalidad verificada- de desistir de la postulación de algún candidato, en salvaguarda de los intereses de la alianza, del resto de los candidatos y del electorado que votaría por una persona de la que desconocía su situación”.