Integración productiva y trabajo en Barrios populares
11 Abril 2022
La Ciudad presentó el proyecto de ley de “integración productiva e impulso al trabajo en barrios populares” que busca estimular la radicación de empresas mediante la devolución de la inversión realizada a través de una exención de Ingresos Brutos.
En los últimos días, la Ciudad presentó el proyecto de ley de integración productiva e impulso al trabajo en barrios populares.
Se trata de un nuevo paso del Gobierno porteño en el proceso de integración de los barrios populares. La iniciativa busca estimular la radicación de empresas mediante la devolución de la inversión realizada a través de una exención de Ingresos Brutos.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, presentó este jueves en la Legislatura Porteña el proyecto de ley de integración productiva e impulso al trabajo en barrios populares.
El objetivo de la iniciativa es promover la instalación de empresas en barrios populares mediante la devolución de lo invertido a través de una exención de Ingresos Brutos. Para ello, las inversiones deben ser destinadas al desarrollo de espacios de explotación comercial dentro de dichas áreas.
“El sector privado es agente central del desarrollo y la generación de empleo genuino. La agenda del crecimiento y la integración tienen que ir de la mano. Para eso hace falta tender puentes y crear los marcos que nos permitan trabajar juntos”, explicó María Migliore, ministra de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad.
El proyecto del Ejecutivo porteño está dirigido a personas jurídicas y uniones transitorias de empresas, y alcanza a todos los barrios que se encuentren listados en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) con leyes de urbanización vigentes: Barrio Mugica, Playón de Chacarita, Rodrigo Bueno y Barrio 20.
De esta manera, la ley propone mejorar la oferta de productos y servicios ofrecidos en estos barrios y crear más puestos de trabajo de calidad para sus vecinos y vecinas.
Para el otorgamiento de los beneficios es condición la inscripción definitiva en el Registro Único de Distritos Económicos. De acuerdo con la norma, el porcentaje del monto invertido por las empresas que podrá tomarse como pago a cuenta de Ingresos Brutos dependerá del orden de ingreso al Registro: del 1 al 15, 80%; del 16 al 30, 65%; 31 en adelante, 50%.
La iniciativa considera como monto invertido lo abonado por el alquiler del local, por las mejoras del inmueble a explotar, y por la construcción de nuevos espacios destinados a locales comerciales y/u oficinas.
Según detalla el texto, para recibir el beneficio impositivo las empresas no pueden registrar deuda alguna respecto de las obligaciones tributarias líquidas y exigibles por la AGIP, y deben demostrar que al menos un 30% de la nómina del personal contratado son trabajadores residentes del barrio en el que se radican.